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El Seguro de la Empleada Doméstica

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Algunas veces los quehaceres domésticos prestados por particulares son considerados casi como un servicio marginal a la ley, porque no hay recibos ni facturas. Pero con seguro de accidentes ya la cosa cambia.

Si usted tiene un acuerdo verbal con alguien para que periódicamente limpie su casa, debe ser consciente de sus deberes como empleador. Y como siempre la prevención es la mejor medicina para evitar sorpresas desagradables, pregunte correctamente sus obligaciones como empleador, porque debido al incumplimiento de la ley usted podría estar sujeto a multas y, en caso de accidente, deberás pagar pagar todos los costos de recuperación y, en el pero caso, la subsistencia de su empleada domestica.

Es Costa Rica es posible asegurar al empleado domestico, pero es una practica que no se acostumbra del todo.
Hay que saber que se catalogan como empleados domésticos los siguientes tipos de trabajador :

  • El chofer
  • El jardinero
  • El guarda de seguridad propio
  • La empleada doméstica
  • El ama de llaves, Mayordomo.
  • La niñera, ente otros

Debes hacer los cálculos de cuanto te va a costar

El salario mínimo de un empleado domestico para el 2016 es de 172.610,35, datos sacados de la tabla oficial de salarios del Ministerio de Trabajo.

172.610,35 +24.17% de la cuota del Seguro Social + 43.500 Póliza Permanente RT-Hogar (se paga anual) = 219.735 este es el sueldo que debes de pagar al empleado domestico.

Una vez contratas a la persona, estas en la obligación de reportar esto a la Caja en un máximo de 8 días hábiles, luego de iniciada la relación laboral.
Por lo tanto, ser legalmente responsable por las consecuencias de cualquier accidente durante el tiempo de trabajo en su casa, el seguro cubrirá cosas como :

  • accidentes durante su actividad laboral
  • accidentes durante las horas de comida y el camino al trabajo
  • tratamientos médicos

Si la persona asegurada (empleada domestica) temporalmente debe incapacitarse, recibirá una remuneración en base al sueldo que tenga. Si la incapacidad es permanente, tiene derecho a una pensión de por vida por la pérdida de ingresos de trabajo.

Accede a esta información de la CCSS para que tengas la información mucho mas detallada

http://portal.ccss.sa.cr/gerencia_financiera/Inspeccion/SD%20Web.html